martes, 6 de marzo de 2012

En Argentina, abortos son legales, negados(1)


Desde hace más de 90 años en Argentina existe una ley que permite a las mujeres acceder al aborto en casos de violación sexual. Sin embargo los hospitales se niegan a realizarlos y derivan los casos a la justicia.

En Argentina, la ley penaliza a médicos que practiquen abortos y a las mujeres que se sometan a esa práctica, con excepciones en las que la interrupción del embarazo está permitida y debe ser garantizada por el Estado.

El código penal de 1921 sostiene que el aborto "no es punible" cuando el médico lo practica porque está en peligro la vida o la salud de la madre, o "si el embarazo es producto de una violación o atentado al pudor de una mujer idiota o demente".

No obstante, periódicamente se conocen casos de niñas, adolescentes y mujeres abusadas o violadas que son derivadas a los jueces, para que decidan ellos sobre una práctica que no requiere autorización.

"El aborto es una práctica médica. El que debe decidir si corresponde hacerlo es el médico, no el juez", dijo la abogada Natalia Gherardi, directora ejecutiva del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género.

Pese a no estar permitido, en este país se practican entre 460,000 y 600,000 abortos por año, según datos de organizaciones no gubernamentales, y se estima que 100 mujeres mueren al año por esta práctica realizada en condiciones de clandestinidad e insalubridad.

Conscientes de las dificultades para sancionar una ley de despenalización en general, los colectivos que promueven los derechos de las mujeres insisten desde hace tiempo en que, al menos, se reconozca el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo en los casos amparados por la ley.

Gherardi afirmó que "hay una gran incertidumbre entre los médicos sobre cómo interpretar el artículo" que establece los casos en los que el aborto inducido no es punible. Y esa incertidumbre se explica por lo que ocurre cuando el tema se deriva a la justicia.

Algunos jueces autorizan el aborto, otros sostienen que la autorización no es necesaria y están los que fallan en contra del derecho e impiden la práctica.

Para evitar que estos casos se deriven a la justicia, el Ministerio de Salud elaboró en 2007 una Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos no Punibles.

El texto oficial parte de reconocer que "por muchas décadas" las mujeres fueron impedidas de ejercer un derecho reconocido en el código penal, "de acceder al aborto en circunstancias que lo autorizan".

"El Estado está obligado a garantizar su ejercicio", remarca la guía y sostiene que el hospital "tiene la obligación legal de practicarlo" y "no está obligado a requerir la intervención y/o autorización judicial" para actuar, aun en el caso de menores.

No obstante, se suceden periódicamente casos de niñas que acuden con sus padres al hospital y se les niega el aborto. El último conocido ocurrió en enero en la nororiental provincia de Entre Ríos, con una niña abusada de 11 años que quedó embarazada.

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